Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
Las Personas residentes en el Municipio de Antigua que quieran ser titulares de un animal potencialmente peligroso (en adelante, APP), cuenten con un APP o que sin ser propietario paseen APP, requerirá el cumplimiento sucesivo de los requisitos siguientes:
- La obtención de la licencia municipal previa
- La inscripción del animal en el Registro Municipal correspondiente de animales potencialmente peligrosos.
Tendrán la consideración de animales potencialmente peligrosos los siguientes:
1.- Los perros pertenecientes a las razas siguientes recogidas en el Anexo II del Decreto 30/20218:
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
3.- Los perros que presenten todas o la mayoría de las características siguientes:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 Kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
4.- Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
5.- Animales pertenecientes a la fauna salvaje que figuran en el Anexo II del Decreto 30/2018.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-24419
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-6016
- DECRETO 30/2018, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia y protección de animales, del régimen de las Reses Mostrencas, del registro de marcas ganaderas.
Ordenanza tenencia animales ayuntamiento de Antigua