Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
Las Personas residentes en el Municipio de Antigua que quieran ser titulares de un animal potencialmente peligroso (en adelante, APP), cuenten con un APP o que sin ser propietario paseen APP, requerirá el cumplimiento sucesivo de los requisitos siguientes:
- La obtención de la licencia municipal previa
- La inscripción del animal en el Registro Municipal correspondiente de animales potencialmente peligrosos.
Cuando la tenencia sea consecuencia del albergue temporal o permanente en centros, cría y reproducción, adiestramiento profesional y/o venta, la obligación de inscripción en el registro municipal recaerá en la persona física o jurídica que sea titular de la actividad. Quedan exentos, los adiestradores que tengan bajo su custodia animales potencialmente peligrosos con motivo del ejercicio de su actividad correspondiendo a los propietarios su registro.
Tendrán la consideración de animales potencialmente peligrosos los siguientes:
1.- Los perros pertenecientes a las razas siguientes recogidas en el Anexo II del Decreto 30/20218:
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
2.- Los perros procedentes de los cruces entre las razas anteriores o bien de estas con otras razas.
3.- Los perros que presenten todas o la mayoría de las características siguientes:
3.- Los perros que presenten todas o la mayoría de las características siguientes:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 Kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
4.- Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
5.- Animales pertenecientes a la fauna salvaje que figuran en el Anexo II del Decreto 30/2018.

Licencia para la Tenencia de APP
Para aquellas Personas residentes en el Municipio de Antigua que quieran ser titulares, cuenten o que, sin ser propietario, paseen APP.
Se seguirán los pasos que a continuación se indican en el siguiente enlace
Tramitar 
Registro de APP
Para aquellas Personas que sean propietarias de animales potencialmente peligrosos.
Se seguirán los pasos que a continuación se indican en el siguiente enlace
Tramitar