Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos

Las Personas residentes en el Municipio de Antigua que quieran ser titulares de un animal potencialmente peligroso (en adelante, APP), cuenten con un APP o que sin ser propietario paseen APP, requerirá el cumplimiento sucesivo de los requisitos siguientes:

  1. La obtención de la licencia municipal  previa
  2. La inscripción del animal en el Registro Municipal correspondiente de animales potencialmente peligrosos.
 
 Cuando la tenencia sea consecuencia del albergue temporal o permanente en centros, cría y reproducción, adiestramiento profesional y/o venta, la obligación de inscripción en el registro municipal recaerá en la persona física o jurídica que sea titular de la actividad. Quedan exentos, los adiestradores que tengan bajo su custodia animales potencialmente peligrosos con motivo del ejercicio de su actividad correspondiendo a los propietarios su registro.

Tendrán la consideración de animales potencialmente peligrosos los siguientes:

1.- Los perros pertenecientes a las razas siguientes recogidas en el Anexo II del Decreto 30/20218: 

  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Terrier 
  • American Staffordshire Terrier
  • Rottweiler 
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu
2.- Los perros procedentes de los cruces entre las razas anteriores o bien de estas con otras razas.
3.- Los perros que presenten todas o la mayoría de las características siguientes:
  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 Kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta con cráneo ancho y  grande y mejillas musculosas y  abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado. 

4.- Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.

5.- Animales pertenecientes a la fauna salvaje que figuran en el Anexo II del Decreto 30/2018.

 

Licencia para la Tenencia de APP

Para aquellas Personas residentes en el Municipio de Antigua que quieran ser titulares, cuenten o que, sin ser propietario, paseen APP.
Se seguirán los pasos que a continuación se indican en el siguiente enlace
Tramitar

Registro de APP

Para aquellas Personas que sean propietarias de animales potencialmente peligrosos.
Se seguirán los pasos que a continuación se indican en el siguiente enlace
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